jueves, 2 de septiembre de 2010

TASA ANUAL ANTE LA I.G.J.

PAGO DE TASA ANUAL ANTE LA I.G.J.
SOCIEDADES POR ACCIONES
VENCIMIENTO: 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010

Por Resolución Nº 2.104/2010 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (B.O. del 24/08/2010), se dispuso el vencimiento de la obligación anual para el 30 de septiembre de 2010, de la tasa anual dispuesta por la D.A. Nº 46/2001 de la Jefatura de Gabinete de Ministros
Quienes están Obligados:
Sociedades Accionarías inscriptas ante la Inspección General de Justicia.
Quienes están Excluidos:
Se encuentran excluidos de dicho pago las sociedades que se hayan constituido durante el año calendario 2010.
Cuanto se debe abonar:
La Tasa Anual depende del Capital Social y del Ajuste de Capital expuesto en los estados contables de estas sociedades que deben estar presentados antes del presente vencimiento.
Escalas:
La tasa a ingresar deberá calcularse de acuerdo a la siguiente escala:


Tasa Anual
Capital Desde
Capital Hasta
$
0
5.000
100
5.000,01
10.000
200
10.000,01
20.000
400
20.000,01
40.000
500
40.000,01
80.000
700
80.000,01
120.000
900
120.000,01
150.000
1.100
150.000,01
200.000
1.400
200.000,01
1.000.000
1.800
1.000.000,01
2.100.000
2.300
2.100.000,01
en adelante
2.500
SR. EMPRESARIO.
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SR. PROFESIONAL
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Dr. Sergio Carbone
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